La ITB (inspección técnica de buques) de un barco de recreo es, en realidad, el reconocimiento periódico que regula el Real Decreto 1434/1999. Si tu barco es de uso privado (lista 7.ª) y mide entre 6 y 24 metros, tiene que pasarla como máximo cada 5 años. Si mide menos de 6 metros, está exento de las inspecciones periódicas.
La hace una entidad colaboradora de inspección autorizada por la Dirección General de la Marina Mercante y el resultado queda anotado en el documento del barco. Aquí te explicamos cuándo te toca, qué revisan y cómo prepararla para pasarla a la primera.
¿Cada cuánto toca la ITB?
| Tipo de barco | Inspección periódica | Inspección intermedia |
|---|---|---|
| Lista 7.ª, menos de 6 m | Exento | No |
| Lista 7.ª, de 6 a 24 m | Cada 5 años como máximo | Solo si el casco es de madera |
| Lista 7.ª, 15 m o más | Cada 5 años como máximo | Sí, entre el 2.º y el 3.er año |
| Lista 6.ª (alquiler), cualquier eslora | Cada 5 años como máximo | Sí, si mide 6 m o más |
Algunos detalles importantes:
- Los menores de 6 metros llevan en su certificado la mención «sin caducidad».
- El plazo empieza a contar desde la primera puesta en servicio del barco. En los barcos nuevos con marcado CE no hace falta una inspección inicial: el certificado se expide directamente.
- En los barcos CE de hasta 12 metros, el documento que hace las veces de certificado de navegabilidad es el certificado de inscripción, y en él se anotan las inspecciones.
- La fecha de la próxima inspección figura en el propio certificado. Si no la pasas a tiempo, el certificado caduca.
Cuándo hay una inspección extra
Además de la periódica, la norma obliga a hacer un reconocimiento adicional cuando:
- Se hacen reparaciones o modificaciones en el casco, la maquinaria o el equipo del barco.
- El barco ha sufrido una varada, un abordaje, daños por temporal u otra avería que pueda afectar a su seguridad.
- El barco pasa de la lista 7.ª (uso privado) a la 6.ª (alquiler).
Es decir: si remotorizas o haces una reforma importante, toca inspección aunque no haya vencido el plazo de 5 años.
Qué se revisa en la ITB
El reconocimiento periódico incluye:
- Inspección del casco en seco, con el barco fuera del agua, y del equipo, con pruebas si hace falta.
- Revisión detallada de los elementos de salvamento y seguridad y del material náutico, para comprobar que están en condiciones.
- Comprobación de la documentación que debe llevarse a bordo.
- Funcionamiento de los distintos elementos que recoge el anexo de la norma.
En la práctica, el inspector mira la obra viva y los pasacascos, la dirección, la instalación eléctrica y de combustible, el motor, las luces y todo el equipo de seguridad que corresponde a la zona por la que navega el barco: chalecos, bengalas en fecha, extintores revisados, achique, línea de fondeo… Si no tienes claro qué te toca llevar, repásalo en nuestra guía del equipo de seguridad obligatorio.
Cómo se pide y dónde se hace
- El propietario solicita la inspección a una entidad colaboradora con al menos 15 días naturales de antelación a la caducidad del certificado.
- Tú eliges el lugar: un astillero, un varadero, un taller, la zona portuaria o el club náutico.
- Puedes estar presente durante la inspección, o delegar en quien quieras.
Como la inspección del casco se hace en seco, lo más práctico es pasarla cuando el barco ya está fuera del agua: por ejemplo, aprovechando el antifouling o la temporada de invernaje en marina seca. Así te ahorras una subida y bajada extra con la grúa.
Si el resultado es desfavorable
Si el inspector encuentra deficiencias, la entidad colaboradora da un plazo máximo de dos meses para corregirlas. Mientras tanto, conviene no confiarse: navegar con el certificado caducado, o sin él, está considerado infracción grave.
Cómo preparar la ITB para pasarla a la primera
Esta es la lista que repasamos en nuestro taller antes de una inspección:
- Bengalas y cohetes dentro de su fecha de caducidad.
- Chalecos salvavidas, uno por persona y con la flotabilidad de tu zona; los inflables, revisados según el fabricante.
- Extintores con su revisión al día.
- Bomba de achique funcionando y balde a bordo.
- Luces de navegación, bocina y linterna estanca con pilas de respeto.
- Línea de fondeo completa y en buen estado.
- Motor sin fugas de combustible ni de aceite, y baterías bien sujetas.
- Casco y pasacascos sin daños: es buen momento para revisar ánodos y hélice.
- Documentación del barco y del seguro a bordo.
La ITB en Marina Arcadia
En Coma-ruga lo hacemos todo en un mismo sitio: nuestra gestoría náutica coordina la inspección con la entidad colaboradora, el barco se sube con nuestra grúa en el varadero y, si aparece algo que corregir, lo arregla nuestro taller oficial Mercury. Tú tienes un único interlocutor y no tienes que mover el barco de un lado a otro.
Preguntas frecuentes
¿Mi barco de 5,5 metros tiene que pasar la ITB?
No pasa inspecciones periódicas. Los barcos de uso privado (lista 7.ª) de menos de 6 metros están exentos y su certificado indica «sin caducidad». Sí tendrías que hacer una inspección adicional tras una reforma importante o una avería grave.
¿Se puede pasar la ITB con el barco en el agua?
La inspección periódica incluye la revisión del casco en seco, así que el barco tiene que estar fuera del agua al menos para esa parte.
¿Quién hace la ITB?
Las entidades colaboradoras de inspección autorizadas por la Dirección General de la Marina Mercante. Tú eliges la entidad y el lugar, y nosotros podemos coordinarlo todo.
¿Dónde veo cuándo me toca la próxima ITB?
En tu certificado de navegabilidad o, en los barcos CE de hasta 12 metros, en el certificado de inscripción. Ahí consta la fecha de la próxima inspección.
¿Cuánto cuesta la ITB?
Depende de la entidad colaboradora y del tamaño del barco. Si la coordinamos nosotros, te damos un presupuesto cerrado antes de empezar.
¿Te toca la ITB este año?
Escríbenos por WhatsApp al 877 99 73 80 con el modelo y la eslora de tu barco y te decimos qué necesitas. Si lo prefieres, ven a vernos al Puerto de Coma-ruga o a nuestro local del Puerto de Segur de Calafell.
Fuente: Real Decreto 1434/1999 y Real Decreto 1435/2010, en el Boletín Oficial del Estado.