Para pescar con caña desde tu barco en Cataluña necesitas la licencia de pesca recreativa de superficie que expide la Generalitat de Catalunya. La misma licencia sirve para pescar desde tierra o desde una embarcación, en el mar y en aguas continentales, cuesta 27,65 € al año y es gratuita para menores de 18 años y mayores de 65. Se tramita en línea en pocos minutos.
Si sales a menudo con un grupo, existe además una licencia colectiva pensada para embarcaciones. Te lo contamos todo, junto con las normas básicas que conviene conocer antes de echar la caña.
La licencia individual: precios y modalidades
La licencia de pesca recreativa de superficie tiene estas tarifas en la Generalitat:
| Duración | Con o sin muerte | Solo sin muerte |
|---|---|---|
| 1 día | 3,25 € | — |
| 2 días | 5,30 € | — |
| 15 días | 11,75 € | — |
| 1 año | 27,65 € | 20,20 € |
| 2 años | 44,65 € | 37,20 € |
| 3 años | 63,70 € | 54,20 € |
| 4 años | 75,40 € | 70,10 € |
La modalidad «sin muerte» es para quien practica captura y suelta: es algo más barata, pero no permite quedarse con las capturas.
Quién no paga
La licencia es gratuita para:
- Menores de 18 años, con autorización de padres o tutores.
- Mayores de 65 años.
- Personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 % y algunos pensionistas por incapacidad, con la documentación que lo acredite.
Cómo se tramita
- Entra en el portal de trámites de la Generalitat, tramits.gencat.cat, y busca la licencia de pesca recreativa de superficie.
- Identifícate con un certificado digital: idCAT, DNI electrónico, certificado de la FNMT u otro reconocido, o con idCAT Móvil.
- Elige modalidad y duración y paga con tarjeta: la licencia se emite al momento.
También se puede tramitar de forma presencial en las oficinas del Departamento de Agricultura, con cita previa. La validez empieza el día del pago, salvo en las licencias de 1 y 2 días, en las que puedes elegir una fecha de inicio posterior.
La pesca submarina tiene su propia licencia, distinta de esta.
La licencia colectiva para embarcaciones
Si tu barco sale a menudo con amigos o familia que pescan, puede interesarte la licencia de pesca recreativa colectiva, que cubre a un grupo a bordo:
| Duración | Hasta 10 personas | Más de 10 personas |
|---|---|---|
| 1 año | 127,75 € | 254,25 € |
| 2 años | 254,25 € | 508,20 € |
| 3 años | 381,20 € | 762,05 € |
| 4 años | 508,20 € | 1.015,95 € |
Para pedirla hay que aportar, entre otros documentos, los del barco (inscripción o matrícula y certificado de navegabilidad) y la póliza de seguro, con la responsabilidad civil y el seguro de accidentes. A diferencia de la individual, la Generalitat revisa la documentación y resuelve la solicitud.
Dónde vale la licencia
La licencia catalana permite pescar en las aguas de Cataluña y, donde su normativa lo permite, también en las costas de Baleares, la Comunidad Valenciana, Murcia y la Andalucía mediterránea.
Conviene saber que en el mar hay dos tipos de aguas:
- Las aguas interiores, más cercanas a la costa, que regula la Generalitat.
- Las aguas exteriores, que regula el Estado mediante el Real Decreto 347/2011. Para pescar en ellas también te sirve la licencia expedida por la comunidad autónoma.
En aguas exteriores, algunas especies tienen una protección diferenciada: entre otras, el atún rojo, el atún blanco, el pez espada, la lampuga, la lubina, la merluza o el besugo. Para capturarlas desde una embarcación hace falta además una autorización específica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Normas básicas que debes respetar
- No se pueden vender las capturas de la pesca recreativa, ni cederlas a terceros con fines comerciales.
- Respeta las tallas mínimas de cada especie: por debajo, la pieza vuelve al agua.
- Respeta los cupos diarios y las vedas. En 2025 la Generalitat endureció las cuotas diarias por especie en las aguas interiores de varias zonas de la costa (por ejemplo, entre Arenys de Mar y Barcelona, y desde el cabo de Salou hasta Alcanar), con vigencia hasta septiembre de 2027. Como las normas cambian, consulta la regulación vigente para tu zona antes de salir.
- Atención a las reservas marinas y espacios protegidos, que tienen normas propias.
- Mantén la distancia con los bañistas y respeta las zonas de baño balizadas.
- Al fondear para pescar, hazlo sobre arena y nunca sobre praderas de posidonia: desde 2026 está prohibido en todo el Mediterráneo español. Te lo explicamos en cómo fondear sin dañar la posidonia.
Qué barco te conviene para pescar
Para la pesca costera en la Costa Dorada, un barco open de 5,5 a 7 metros es la opción más práctica: cubierta despejada, fácil de limpiar y con espacio para moverse con las cañas. Modelos como el Quicksilver Activ 555 Open, el Activ 625 Open o el 705 Open son muy buenos para combinar pesca y baño en familia. Los dos primeros se pueden llevar con licencia de navegación, como te explicamos en la guía de barcos de hasta 6 metros.
La electrónica marca la diferencia: una buena sonda te ayuda a encontrar fondos y a fondear sobre arena. En nuestro taller de electrónica náutica instalamos plotters y sondas Simrad y Lowrance integrados con el motor Mercury. Pregúntanos también por el equipamiento de pesca disponible para cada modelo en el configurador.
Preguntas frecuentes
¿Necesito licencia si solo pesco desde mi barco de vez en cuando?
Sí. Cualquier pesca recreativa necesita licencia. Si sales pocas veces, tienes licencias de 1 día, 2 días o 15 días.
¿Los niños necesitan licencia?
Sí, pero para los menores de 18 años es gratuita y se pide con autorización de los padres o tutores.
¿Si salgo con amigos, cada uno necesita su licencia?
Cada pescador necesita su licencia individual, salvo que el barco tenga una licencia colectiva que cubra al grupo a bordo.
¿Puedo vender lo que pesco?
No. Las capturas de la pesca recreativa no se pueden vender ni ceder con fines comerciales.
¿La licencia catalana vale en Baleares o Valencia?
Sí, donde la normativa local lo permite. Antes de pescar fuera de Cataluña, consulta las normas de esa comunidad.
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Fuentes: tarifas y requisitos de la licencia de pesca recreativa de superficie y de la licencia colectiva en el portal de trámites de la Generalitat de Catalunya (consultado en noviembre de 2026); Real Decreto 347/2011, sobre la pesca marítima de recreo en aguas exteriores (Boletín Oficial del Estado).